Nº 2. Analiza las
diferencias existentes entre contingencias comunes y contingencias
profesionales.
Diferencias,
que las contingencias profesionales son las enfermedades y accidentes que
sobrevienen por desempeñar una determinada profesión, mientras que las contingencias
comunes NO, estas últimas les pueden ocurrir a cualquiera.
Nº 4. Determina el
régimen en el que deben incluirse las siguientes personas.
a) Los toreros
b) Trabajadores por
cuenta ajena en explotaciones agrícolas.
c) Trabajadores por
cuenta ajena en la construcción.
d) Concejales de un
Ayuntamiento.
e) Personas que
desarrollan un trabajo de buena vecindad (por el que no cobran).
f) Funcionarios de un
Ayuntamiento.
Solución:
a) REGIMEN
GENERAL
b) REGIMEN
ESPECIAL AGRICOLA DEL REGIMEN GENERAL
c) REGIMEN
GENERAL
d) REGIMEN
GENERAL
e) A NINGUN
REGIMEN
f) REGIMEN
GENERAL
Nº 5. Razona en qué
régimen están los trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado.
Solución:
Depende del régimen por el que
opten en sus Estatutos, por elección propia.
Nº 11. Averigua cómo
colaboran las empresas en la gestión de la Seguridad Social (Puedes localizarlo
en el R.D. Leg. 1/1994, en http://noticias.juridicas.com)
Solución:
Artículo 77 Colaboración de las empresas
1. Las empresas,
individualmente consideradas y en relación con su propio personal, podrán
colaborar en la gestión de la Seguridad Social exclusivamente en alguna o
algunas de las formas siguientes:
- a)Asumiendo directamente el pago, a su
cargo, de las prestaciones por incapacidad laboral transitoria derivada de
accidente de trabajo y enfermedad profesional y las prestaciones de
asistencia sanitaria y recuperación profesional, incluido el subsidio
consiguiente que corresponda durante la indicada situación.
b) ...
- Letra b) del número 1 del artículo 77 derogada,
con efectos de 1 de enero de 2009 y vigencia indefinida, por la letra a)
del apartado dos de la disposición final tercera de la Ley 2/2008, de 23
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009
(«B.O.E.» 24 diciembre).Vigencia: 1 enero 2009 Efectos / Aplicación:
1 enero 2009
- c) Pagando a sus trabajadores, a cargo de la
entidad gestora obligada, las prestaciones económicas por incapacidad laboral
transitoria, así como las demás que puedan determinarse
reglamentariamente.
- d) Asumiendo directamente el pago, a su
cargo, de las prestaciones económicas por incapacidad laboral transitoria
derivada de enfermedad común o accidente no laboral, en las condiciones
que establezca el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Las empresas que se acojan a
esta forma de colaboración tendrán derecho a reducir la cuota a la Seguridad
Social, mediante la aplicación del coeficiente que, a tal efecto, fije el Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social.
2. El Ministerio de
Empleo y Seguridad Social podrá establecer con carácter obligatorio, para todas
las empresas o para algunas de determinadas características, la colaboración en
el pago de prestaciones a que se refiere el apartado c) anterior.
La colaboración obligatoria
consiste en el pago por la empresa a sus trabajadores, a cargo de la Entidad
Gestora o Colaboradora, de las prestaciones económicas, compensándose su
importe en la liquidación de las cotizaciones sociales que aquella debe
ingresar. La empresa deberá comunicar a la Entidad Gestora, a través de los
medios electrónicos, informáticos o telemáticos establecidos, los datos
obligación de la misma requeridos en el parte médico de baja, en los términos
que se establezcan reglamentariamente. El Ministerio de Empleo y Seguridad
Social podrá suspender o dejar sin efecto la colaboración obligatoria cuando la
empresa incumpla las obligaciones establecidas.
Número 2 del artículo 77 redactado, con efectos de 1
de enero de 2014 y vigencia indefinida, por el apartado dos de la disposición
final cuarta de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2014 («B.O.E.» 26 diciembre).Vigencia: 1 enero
2014 Efectos / Aplicación: 1 enero 2014
3. El Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social determinará las condiciones por las que ha de
regirse la colaboración prevista en los números anteriores del presente
artículo.
4. La modalidad de
colaboración de las empresas en la gestión de la Seguridad Social a que se
refiere el apartado 1 de este artículo podrá ser autorizada a agrupaciones de
empresas, constituidas a este único efecto, siempre que reúnan las condiciones
que determine el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
5. En la regulación de
las modalidades de colaboración establecidas en las letras a) y d) del apartado
1 y en el apartado 4 del presente artículo se armonizará el interés particular
por la mejora de prestaciones y medios de asistencia con las exigencias de la
solidaridad nacional.
Número 5 del artículo 77 redactado, con efectos de 1
de enero de 2009 y vigencia indefinida, por la letra b) del apartado dos de la
disposición final tercera de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2009 («B.O.E.» 24 diciembre).Vigencia: 1 enero
2009Efectos / Aplicación: 1 enero 2009
Nº 13. Indica
el documento que deberá cumplimentar la empresa en relación con la SS, en los
siguientes casos:
a) Tras constituirse una sociedad, desea contratar
trabajadores.
b) Una empresa abre un nuevo centro de trabajo en otra
provincia.
c) La empresa cambia de domicilio.
Solución:
a) TA6
b) TA7
c) TA7
Nº 16. Indica cuando deben liquidarse las cuotas de la
Seguridad Social, que documentos deben cumplimentarse y cuál es el
procedimiento que ha de seguirse.
Solución:
POR CUENTA AJENA, un mes después al
mes trabajado. TC2 Y RECIBO DE LIQUIDACION DE COTIZACIONES. Con el nuevo
sistema CRETA desde 01 de Enero de 2015.
POR CUENTA PROPIA, el último día del
mismo mes trabajado, a través del pago de recibo de Autónomos que domicilias y
la Seguridad Social te carga en tu cuenta bancaria.
Nº 17. Elabora una tabla en la que se indiquen los
documentos de la Seguridad Social relacionados con la empresa y los
relacionados con el trabajador, así como
los necesarios para la cotización.
Solución:
Nº 18. Di si las siguientes afirmaciones son correctas
y justifica tu elección.
a) Cuando termina el contrato de un trabajador, hay
que cumplimentar un TA.1.
b) Las cotizaciones a la Seguridad Social debe
liquidarlas el trabajador.
c) El trabajador puede solicitar el alta en la SS, si
no lo ha hecho la empresa.
Solución:
a) Falso, TA1 solo es para Afiliación del
trabajador a la SS
b) Falso, las cotizaciones a la SS está obligado a realizarlas el
empresario.
c) Verdadero, se puede dar de alta a un trabajador
por el empresario, el trabajador o de oficio.
Nº 19. Averigua en que documento debe darse de alta en
la SS un trabajador autónomo: un fontanero, un electricista, un mecánico...
a) ¿Cuales son las bases por las que puede cotizar?
b) ¿Cuándo y en que documentos debe liquidar las
cuotas a la Seguridad Soc ial?
Solución:
Documento
TA0521
a) Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
Los trabajadores autónomos dedicados a la venta ambulante o a
domicilio: cualquiera que sea la edad del trabajador y los años cotizados de forma
efectiva a la Seguridad Social, las bases mínimas de cotización de estos
trabajadores (CNAE: 4781, 4782, 4789, 4799) durante el año 2015, serán:
1) Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado: a)
Mercadillos menos de 8 horas día: opción de base mínima de autónomos (884,40
€/mes) ó 486,30 €/mes. b) Mercadillos más de ocho horas día y trabajadores que no perciben
ingresos directamente de los compradores: opción entre la base mínima
régimen general (756,60 €/mes) ó base mínima de autónomos (884,40 €/mes) ó
486,30 €/mes para actividad CNAE 4799.
2) Trabajadores individuales: Opción entre la base mínima
del régimen general (756,60 €/mes) ó base mínima de autónomos (884,40 €/mes) excepto:
a) Si CNAE es 4799: entre la base mínima de autónomos (884,40
€/mes) ó 486,30 €/mes. b) Mercadillos menos de 8 horas día: entre
base mínima de autónomos (884,40 €/mes) ó 486,30 €/mes.
Los trabajadores autónomos que en algún momento del año 2014 y de manera
simultánea hayan tenido contratado a su servicio un número de
trabajadores por cuenta ajena igual o superior a diez, la base mínima de
cotización será 1.056,90 euros/mes (grupo de cotización 1 del Régimen General):
Los trabajadores autónomos sin cobertura de AT y EP realizarán una
cotización adicional del 0,10% sobre la cotización elegida, para la
financiación de las prestaciones por riesgo durante el embarazo y riesgo
durante la lactancia natural.
El tipo de cotización para la protección por cese de actividad será el
2,20% a cargo del trabajador.
El tipo por Contingencias Comunes (IT) para trabajadores con 65
años de edad y 35 años y 9 meses cotizados ó 67 años y 3 meses de edad y
35 años y 6 meses cotizados: 3,30% ó 2,80%.
b) Las cuotas se liquidan por períodos mensuales y
su importe se ingresa dentro del mismo mes al que corresponden, presentando
el modelo TC 1/15-3 que le remitan o por Internet con certificado SILCON
Nº 1. Establece en los siguientes supuestos el régimen
de la Seguridad Social en el cual estarán encuadrados los trabajadores. a) Una
socia trabajadora de una sociedad limitada; b) un trabajador de la oficina del
Registro de la Propiedad; c) una persona que ayuda a un vecino a reparar los
daños causados por un vendaval; d) una escritora de libros; e) el hijo del
dueño de una relojería que ayuda a su padre en el negocio.
Solución:
a) Depende si tiene +50%de las
participaciones en la empresa, si es administradora, gerente, etc. Si es socia
-50% nada mas puede estar en el REGIMEN GENERAL, sino en el REGIMEN ESPECIAL
RETA.
b) REGIMEN GENERAL
c) EN NINGUN REGIMEN
d) EN EL REGIMEN ESPECIAL RETA
e) Si no hay indicios de ser contrato
laboral, REGIMEN ESPECIAL RETA.
Nº 4. Primero, S.A., una industria del vidrio, quiere
contratar trabajadores, por lo cual debe cumplimentar el documento adecuado
para que le proporcionen el código de cuenta de cotización principal.
La empresa opta por cubrir las contingencias
profesionales y la prestación económica de las contingencias comunes con la
mutua MUPRESPA (entidad nº 275). CIF.: A08261100; IAE: 246. Dirección Social: Avenida
Diagonal, 55, DE Barcelona (CP 08021). Aplica su propio convenio colectivo (código:
0845190). Se inscribe en la Seguridad Social el día 21/02/XX.
- Di que modelo debe cumplimentar la empresa y cumpliméntalo.
Solución:
Nº 5. La empresa del supuesto anterior abre, el
05/03/XX, un nuevo centro de trabajo en La Rambla Nueva, 42, de Tarragona (CP
43004). Cumplimenta el documento adecuado de la SS para que pueda contratar
trabajadores.
Solución:
Nº 6. Primero, S.A. contrata el día 07/03/20XX, para su centro de trabajo de Tarragona, a la trabajadora cuyos datos se detallan a continuación (comenzara la relación laboral el día 08/03/20XX):
María Blanco Álvarez (NIF: 38676679B). Nacida el
01/01/1985. No dispone de numero de la SS. Domiciliada en c/ De Casanova, 6 de
Barcelona (CP 08011). La contratan como auxiliar administrativa, código de
ocupación A, mediante un contrato en prácticas (420). El día 07/09/20XX termina
el contrato de María Blanco .
- Cumplimenta los documentos de la SS adecuados.
Solución:
Modelo TA2/S, Alta para trabajar
Nº 7. Calcula las cuotas obreras y empresariales, así como la cantidad que debe ingresarse en la SS, si la empresa solo tiene contratada a María y sus bases de contingencias comunes y profesionales son 900,00 euros en el mes de abril.
Nº 7. Calcula las cuotas obreras y empresariales, así como la cantidad que debe ingresarse en la SS, si la empresa solo tiene contratada a María y sus bases de contingencias comunes y profesionales son 900,00 euros en el mes de abril.
Nº 8. Busca los tipos de cotización por IT e IMS, a
efectos de contingencias profesionales, que deben abonarse en los supuestos que
a continuación se detallan (puedes localizarlo en www.seg.social.es,
consultando la tarifa de primas de AT y EP): a) trabajador en periodo de baja
por incapacidad temporal, b) operario de una fábrica de muebles.
Solución:
a)
continuará siendo de aplicación el tipo de cotización
correspondiente a la respectiva actividad económica u ocupación del trabajador
en baja.
b)
Para poder encontrar diferentes tipos de Cita Seguridad Social, primero deberás obtener información a cerca de cada una de ellas.
ResponderEliminar